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8 - Septiembre - 2010
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 - REGLAMENTO DE APUESTAS MUTUAS - SOC. HIPODROMO CHILE S.A.

CAPITULO X.- APUESTA DOBLE EXACTA

Artículo lº-
La Apuesta Mutua Doble Exacta consiste en acertar los ejemplares que ocupen el primer y segundo lugar en orden exacto entre ellos, en dos carreras predeterminadas por el Hipódromo, llamadas Primera y Segunda Etapa.

Artículo 2º-
Si un caballo es retirado o descartado en la Primera o Segunda Etapa de la Doble Exacta, éste será sustituido por el caballo favorito a ganador, de acuerdo al artículo 7° del Reglamento de Apuestas Mutuas en la respectiva carrera, en todas las apuestas que incluyan el caballo retirado o descartado. Si el caballo favorito se encuentra dentro de la combinación jugada "quedará sin efecto la apuesta", devolviéndose su valor.

Artículo 3º-
Si hubiese empate en el primer lugar en ambas etapas de la Doble Exacta, aciertan todas las combinaciones que incluyan a los caballos empatantes. Si existe empate a primer lugar en una de las etapas, aciertan todas las combinaciones que incluyan los caballos empatantes de la etapa respectiva y acierten el orden exacto de la otra. Si el empate fuese en el segundo lugar de una de las etapas, aciertan todas las combinaciones que tengan a primero el caballo ganador, a segundo cualquiera de los caballos empatantes de la etapa respectiva, y acierten el orden exacto de la otra. En los casos de empates, los dividendos se calcularán de la forma en que se calcula el dividendo a A Segundo.

Artículo 4º-
Si no se vende ninguna apuesta ganadora de la Primera y Segunda Etapa, el fondo a repartir se distribuirá entre aquellas apuestas que contengan la combinación ganadora de la Primera Etapa, o la combinación acertada de la Segunda Etapa. El dividendo a cancelar para estas combinaciones, se calculará como una apuesta A Segundo.

Artículo 5º-
Si se anula la Primera Etapa de la apuesta Doble Exacta, quedará sin efecto la apuesta devolviendo su valor. Si se anula la Segunda Etapa, el fondo a repartir se distribuirá entre las apuestas que hayan acertado la Primera Etapa.

Artículo 6º-
Si no se vende ninguna apuesta que permita la distribución del fondo a repartir de la Doble Exacta, conforme a las reglas de este párrafo, se reembolsará a los apostadores el valor de la apuesta.